Gobierno Anuncia Entrada en Vigencia de Licencia Médica Electrónica de Acompañamiento Para Niñas y Niños del País
nacional, enero 2024: A partir del 2 de enero la licencia médica para padres y madres trabajadores que permite que estos acompañen a sus hijos aquejados por alguna enfermedad, podrá ser tramitada de manera completamente electrónica.
El gobierno del Presidente Gabriel Boric anunció que desde el 2 de enero del 2024 entró en vigencia la Licencia Médica Electrónica del Seguro de Acompañamiento para niñas y niños afectados por una condición grave de salud, o más conocido como Ley SANNA.
La emisión de la Licencia Médica Electrónica SANNA (LME-SANNA) permitirá que las personas puedan hacerle seguimiento en todo momento, que el empleador adscrito tramite electrónicamente, sin la necesidad de desplazamiento ante la COMPIN, y que los procesos vinculados al pronunciamiento y pago de este beneficio sean más eficientes y oportunos.
“Esto significa un alivio para la preocupación de los padres y madres cuando sus hijos están complicados de salud. El que se trate de un sistema virtual, facilita mucho poder acceder a él. Además, incorpora la ampliación de 90 a 180 días de permiso en el caso de niñas y niños afectados por cáncer o trasplante y considera, para las y los trabajadores que hagan uso de este, la creación de un fuero laboral durante el permiso y 180 días posteriores a la última licencia médica emitida para el tratamiento activo”, expresó la Seremi de Gobierno Valentina Pradenas.
La Ley SANNA garantiza el acceso igualitario a los días de permiso a las familias monoparentales, reconociendo la totalidad de tiempo que les correspondería cuando participan del cuidado ambos padres y madres, asegurando también el acceso equitativo al Seguro a los progenitores de niños y niñas afectados por graves condiciones de salud, sin distinción de sexo, identidad de género u orientación sexual.
Por su parte, la Seremi de Salud, Ximena Salinas, valoró las actualizaciones de la Ley SANNA: ““La entrada en vigencia de la Licencia Médica Electrónica en SANNA además de los beneficios anteriormente nombrados, cubre ciertas contingencias por este seguro de acuerdo a los requisitos establecidos en la Ley 21.063, como lo son cáncer, trasplante de órgano sólido y de progenitores hematopoyéticos, fase o estado terminal de la vida (aquella condición de salud en que no existe recuperación de la salud del niño o niña y su término se encuentra determinado por la muerte), accidente grave con riesgo de muerte o de secuela funcional severa y permanente y enfermedad grave que requiera hospitalización en una unidad de cuidados intensivos o de tratamientos intermedios”.
El Seguro SANNA, que es de carácter obligatorio, beneficia a madres y padres trabajadores de niñas, niños y adolescentes afectados por una condición grave de salud, permitiéndoles ausentarse justificadamente de su trabajo durante un periodo de tiempo determinado, con el propósito de prestar atención a los hijos, acompañamiento o cuidado personal. Además, el Seguro contempla el pago, durante el período del permiso, de un subsidio que reemplace total o parcialmente la remuneración o renta mensual.
Entre otras disposiciones, la nueva ley pone fin al período de carencia, lo que implica que la licencia médica comienza a pagarse desde el primer día; regula la duración del permiso en caso de fallecimiento o ausencia de uno de los progenitores, permitiendo el traspaso y/o el reconocimiento del derecho al o a la progenitora presente; y aumenta el número de días de otorgamiento de una licencia médica por Seguro SANNA, pudiendo extenderse hasta 30 días, lo que es relevante para tratamientos que se realizan en regiones y que requieren tiempos de desplazamiento.